Quito, Agosto 2014
REGLAMENTO GENERAL DE
PRÉSTAMOS DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA
POTABLE DE QUITO
Aprobado mediante Acuerdo
Ministerial N° 3497 de 3 de marzo de 1962 e inscrita en el Registro General
de Cooperativas el 9 de marzo de 1962,
con el número de orden 722;resuelven emitir el Reglamento General de Ahorro y Crédito
de la Cooperativa de Agua Potable de Quito EMAPQ.
CAPITULO
I
OBJETIVOS
POLÍTICAS
GENERALES
Art.
1.-
Fomentar unión, solidaridad y progreso
entre los socios, buscando mecanismos que permitan mejorar su nivel de vida y
de su familia, estimulando la buena y sana costumbre del ahorro.
Art.
2.-
Ofrecer créditos a sus socios de manera oportuna con tasas de interés fijados
por el Consejo de Administración, en base a las regulaciones de la
Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, que permita emprender
actividades productivas que vayan en beneficio de sus cooperados.
Art
3.- Normar
las operaciones crediticias que realicen sus socios en igualdad de
oportunidades en la obtención de los préstamos otorgados por la Cooperativa de
Ahorro y Crédito EMAP-Q.
Art.4.- Dinamizar las operaciones
crediticias de la Cooperativa de Ahorro y Crédito EMAP-Q, a fin de asegurar un
desarrollo sostenible de la institución en beneficio de sus socios
Art.
5.-
Conceder préstamos a sus socios de acuerdo al siguiente procedimiento:
a) Informe
preliminar de Gerencia debidamente respaldados. Se analiza: historial
crediticio en la Cooperativa, capacidad de pago y copia de los dos últimos roles de pago de
remuneración mensual unificada neta.
b) Certificado
de aprobación del préstamo por el Comité de Crédito en un plazo máximo de cinco
días laborables, una vez cumplidos los requisitos previos al otorgamiento al
crédito.
c) Una
vez aprobada la solicitud del préstamo por el Comité de Crédito, se entregará
la documentación al Presidente del Consejo de Administración para la firma del cheque
en forma conjunta con el Gerente, en un plazo máximo de tres días laborables.
Art.6.- Los miembros de los Consejos, trabajadores y colaboradores de la
Cooperativa así como sus cónyuges o convivientes en unión de hecho, o sus
parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, no podrán prestar garantías de ningún tipo en
operaciones crediticias que otorgue la Cooperativa
CAPITULO
II
PRÉSTAMOS
A LOS SOCIOS
Art.
7.- Préstamos:
Es aquel que se concede a
los socios para ser pagados mediante cuotas fijas mensuales y que serán
destinados para financiamiento de lo que el socio requiera.
Art.
8.- Clases de préstamos
a. Préstamo
emergente
b. Préstamo
ordinario
c. Préstamo
prendario
d. Primer
Préstamo
e. Abastos
Art.
8.a.- Préstamo emergente.
Este préstamo
tendrá un valor máximo de USD 2 500,00
(Dos mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América) y se concederá a
los socios para ser pagados máximo en un plazo de 24 meses, de acuerdo a la
tabla de amortización vigente.
Este
préstamo, por su condición de emergente, se dará sin garante, respaldándose en
el informe presentado por el Gerente y copias de los dos últimos certificados
de ingresos y descuentos del socio. Este préstamo será aprobado únicamente por el Gerente y el
Presidente de la Cooperativa.
Art. 8.b.- Préstamo
ordinario.-
Tendrá las siguientes modalidades
1.
Préstamo
ordinario de USD 5 000,00 (Cinco mil dólares de los Estados Unidos de América
con 00/100), para ser pagados en un plazo máximo de 36 meses. Este préstamo se
otorgará sin garante y se concederá a los socios que
cumplan los siguientes requisitos:
a)
Certificados de Aportación y ahorros que
garanticen el encaje mínimo de la tercera parte ( 1/3) del monto solicitado
b)
Historial
crediticio en la Cooperativa
c)
Capacitad de pago,
emitido por el Departamento de Contabilidad de la Empresa, que garantice el
pago de las mensualidades.
d)
Copias a color de
la cédula de identidad y papelea de votación del socio y su conyugue.
e)
Copias de los dos
últimos roles pago del socio.
2.
Préstamo
ordinario de USD 10 000,00
(Diez mil dólares de los Estados Unidos de América con 00/100), para ser
pagados en un plazo máximo de 48 meses. Este préstamo se dará con un garante,
que puede ser socio o no de la Cooperativa. En todo caso, deberá ser empleado
de la EPMAPS. Este préstamo se concederá a los socios que cumplan los
siguientes requisitos:
a)
Certificados de
Aportación y ahorros que garanticen el encaje mínimo de la tercera parte (1/3)
del monto solicitado
b) Historial crediticio en la Cooperativa
c) Capacitad
de pago, emitido por el Departamento de Contabilidad de la Empresa, que
garantice el pago de las mensualidades.
d) Copias a
color de la cédula de identidad y papelea de votación del socio y su conyugue.
e) Copias a color de la cédula y papeleta de votación
del garante.
f) Copias de los dos últimos roles de pago del
socio
g) Copias de los dos últimos roles de pago del
garante.
3.
Préstamo
ordinario de USD 15 000,00
(Quince mil dólares de los Estados Unidos de América con 00/100), para ser
pagados en un plazo máximo de 60 meses. Este préstamo se dará con dos garantes,
uno de los cuales deberá ser necesariamente socio de la Cooperativa. Este
préstamo se concederá a los socios que cumplan los siguientes requisitos:
a)
Certificados de
Aportación y ahorros que garanticen el encaje mínimo de la tercera parte
(1/3) del monto solicitado
b) Historial crediticio en la Cooperativa
c) Capacitad
de pago, emitido por el Departamento de Contabilidad de la Empresa, que
garantice el pago de las mensualidades.
d) Copias a
color de la cédula de identidad y papelea de votación del socio y su conyugue.
e) Copias a
color de la cédula y papeleta de votación del garante.
f) Copias de los dos últimos roles de pago del
socio
g) Copias de
los dos últimos roles de pago de los dos garantes.
h) Solicitud
a Talento Humano para que se realice el descuento mensual.
Art. 8.c.- Préstamo prendario:
Tendrá un
valor desde$ 15 000,00 (Quince mil
dólares de los Estados Unidos de América) hasta $ 20 000,00 (Veinte mil
dólares de los Estados Unidos de América) y un plazo máximo de 60 meses. Este
préstamo se otorgará con una prenda a nombre de la Cooperativa EMAPQ, de conformidad al avalúo comercial
actualizado. Este préstamo se concederá a los socios que cumplan los siguientes
requisitos:
a)
Certificados de
Aportación completos y ahorromínimo de USD 4 800,00
b)
Historial
crediticio en la Cooperativa
c) Capacitad
de pago, emitido por el Departamento de Contabilidad de la Empresa, que
garantice el pago de las mensualidades.
d) Copias a
color de la cédula de identidad y papelea de votación del socio y su conyugue.
e) Copias a color de la cédula y papeleta de
votación del garante.
f) Los dos
últimos sleep del socio
g) Solicitud a Talento Humano para que se realice el
descuento mensual
h) Contrato vigente del Seguro del vehículo.
i)
Certificado mercantil del vehículo a prendar.
j) Contrato a favor de la Cooperativa del vehículo a
prendar, elaborado por un abogado.
Art. 8.d.- Primer Préstamo.
Este préstamo
tendrá un valor máximo de USD 2 500,00
(Dos mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América) y se concederá a
los socios que recién ingresán para ser pagados máximo en un plazo de 24 meses,
de acuerdo a la tabla de amortización vigente. Este préstamo se dará con un garante, que puede ser socio o no de la
Cooperativa. En todo caso, deberá ser empleado de la EPMAPS.
a) Capacitad
de pago, emitido por el Departamento de Contabilidad de la Empresa, que
garantice el pago de las mensualidades.
b) Copias a
color de la cédula de identidad y papelea de votación del socio y su conyugue.
c) Copias a
color de la cédula y papeleta de votación del garante.
d) Copias de
los dos últimos roles de pago del socio
e) Copias
de los dos últimos roles de pago del garante.
f)
Solicitud a Talento Humano para
que se realice el descuento mensual.
Art. 8.e.- Abastos.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito EMAAP-Q, concederá un préstamo
especial denominado Abastos, hasta por un monto de USD 200,00 (Doscientos con 00/100 dólares
americanos) a ser pagado máximo en dos meses, al interés vigente.
El monto mensual destinado para este tipo de préstamos será de USD 4
000,00. (Cuatro mil con 00/100 dólares americanos). Si existe mayor demanda se
incrementará dicho fondo.
Mensualmente el Gerente de la Cooperativa presentará al Consejo de
Administración un informe de los préstamos de abastos concedidos.
Si por cualquier razón, el socio no cumple con los pagos establecidos por
Abastos, se procederá a descontar de los ahorros del socio y no podrá realizar
este préstamo en seis meses.
Art.
9.- El
comité de Crédito aprobará los préstamos solicitados, respaldándose en los
informes de gerencia, capacidad de pago
del socio, historial crediticio, copias de los dos últimos certificados de
ingresos y descuentos tanto del socio, como del (los) garante(s) y Certificado de
Aportaciones hasta la fecha de Solicitud del Crédito, excepto el préstamo
especial de abastos.
Art. 10.- En
todos los casos, cuando la cuota mensual del crédito no haya sido debitada del
rol correspondiente de cada socio o depositada en la cuenta de la Cooperativa, se procederá de
acuerdo a lo estipulado en el pagaré y demás documentos contractuales.
Al
tercer mes de mora, se iniciarán las acciones legales correspondientes. Los
costos de las acciones legales serán cubiertas por el deudor.
Art.11.-
Para los casos de renovación de créditos, éste proceso se puede iniciar
únicamente cuando se haya cancelado el 50% del crédito vigente.
Art.12.-
Para los socios que no disponen de la totalidad de los Certificados de Aportación
y/o Ahorro voluntario a la fecha de Solicitud del Crédito, el monto
máximo de crédito corresponderá a un valor equivalente al 3 x 1 del encaje que
tiene cada socio. Si un socio solicita
un préstamo de mayor valor al del encaje, deberá depositar la cantidad
necesaria para cubrir el monto mínimo requerido.
Art. 13.-
Los socios podrán tener al mismo tiempo
máximo dos préstamos vigentes, si cumplen los requisitos y tienen la capacidad de pago correspondiente.
Los
préstamos de abastos no se toman en cuenta.
EL CONSEJO DE
ADMINISTRACION:
Clavijo Bohórquez Edison
PRESIDENTE
COOP EMAAP-Q …………………………….
Bastidas
Llusca Diego Javier …………………………….
Celso
Gualichicomín ……………………………
Luis
Paucar …………………………….
Pozo Pastáz Amparito …………………………….
SECRETARIA
COOP.EMAAP-Q
Manosalvas Rueda Mario …………………………….
GERENTE COOP.EMAAP-Q
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